gasesescapeCampo de aplicación

Instrumentos destinados  a medir las emisiones de los gases de escape que se utilizan en la inspección y mantenimiento profesional de vehículos a motor en circulación equipados con motores de encendido por chispa (gasolina), que sirven para determinar las fracciones en volumen de los componentes especificados de los gases de escape siguientes: monóxido de carbono (CO), dióxido de carbono (CO2), oxígeno (O2) e hidrocarburos (HC).

 

Verificación periódica

Los titulares de analizadores de gases de escape en servicio están obligados a solicitar anualmente la verificación periódica de los mismos, quedando prohibido su uso en el caso de que no supere esta fase de control metrológico hasta que se subsane la deficiencia que ha impedido la superación.

 

Verificación después de reparación o modificación 

Después de la reparación o modificación (que requiera rotura de precintos) de un analizador de gases de escape su titular deberá solicitar, antes de su puesta en servicio, la verificación después de reparación o modificación del mismo que tendrá efectos de verificación periódica respecto al cómputo del plazo para su solicitud.

 

Regulación legal

Orden ITC/3722/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado en la fase de instrumentos en servicio sobre los instrumentos destinados a medir las emisiones de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por chispa (gasolina).

 

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