Dirigido a: Entidades sin ánimo de lucro y clústeres con sede social en la Comunitat Valenciana

Presentación solicitudes:  Desde el 25/09/2019 hasta el 17/10/2019 a las 23:59:59 horas*          

 
Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá haberse iniciado con posterioridad al 1/1/2019 y podrá finalizarse hasta el 31/12/2019
Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 6/2/2020

 

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8641 de fecha 24/09/2019 si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

  antesdepresentar    
Objetivos
 
Promover y facilitar el desarrollo de las medidas empresariales en materia de I+D+i previstas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación de la Comunidad Valencia (RIS3-CV), con la consiguiente dinamización del tejido empresarial de la Comunitat Valenciana.
 
beneficiarios.gif Entidades beneficiarias

a) Entidades sin ánimo de lucro -públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede social en la Comunitat Valenciana, que de forma habitual presten servicios a las pymes en materia de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas y así se recoja en sus estatutos.

b) Entidades jurídicas con sede social en la Comunitat Valenciana que gestionen clústeres empresariales, que ostenten la condición de agrupación empresarial innovadora según la definición del apartado 92 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión de 17 de junio de 2014.

Requisitos de los proyectos

•    Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1/1/2019

•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

•    El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.

•    Una misma entidad solicitante no podrá presentar más de un proyecto para cada una de las actuaciones

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

•    Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios. Organización de jornadas, seminarios, foros o encuentros de demostración de tecnologías, dirigidas a personal directivo y técnico de las empresas con objeto de facilitar su evolución hacia la industria 4.0 o la economía circular. Las acciones deberán tener contenido técnico, excluyendo la difusión y promoción de carácter general, y abordar alguna de las siguientes temáticas:

1. Capacitación para facilitar la toma de decisiones sobre la estrategia a seguir en el futuro y las tecnologías más adecuadas.

2. Presentación de las novedades y tendencias nacionales y europeas respecto a la Industria 4.0 o la economía circular, beneficios y oportunidades asociadas a las mismas para las empresas valencianas, y casos de éxito regionales, nacionales y europeos.

3. Desarrollo de nuevos modelos de negocio basados en la digitalización o la economía circular.

•    Actuación 2. Desarrollo y puesta en funcionamiento de plataformas digitales o de contenidos para este tipo de plataformas, para la difusión de información técnica en el ámbito de la industria 4.0o la economía circular

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido de hasta un 80% de los gastos subvencionables.

La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión.

 
costesSubvencionables.gif Costes subvencionables
Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios 

 1)    Colaboraciones externas:

a. Contratación de expertos.
b. Gastos de alojamiento y desplazamiento de los ponentes.
c. Gastos necesarios para el desarrollo de las acciones: alquiler de salas, materiales y difusión.

 2)    Personal propio: gastos del personal propio dedicado de forma directa a la organización y coordinación de la actividad subvencionada. No podrá superar el 15% del gasto subvencionable en el concepto de colaboraciones externas.

Actuación 2. Puesta en marcha y dinamización de plataformas web colaborativas.

 1)    Colaboraciones externas: Gastos de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento de la plataforma, preparación de contenidos y dinamización de la misma.

 2)    Adquisición de activos inmateriales: licencias, know-how o software que sea necesario integrar en la plataforma resultante objeto de la ayuda, incluyendo costes por uso de soluciones y aplicaciones (SaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto.

 3)    Personal propio: Gastos del personal técnico de la entidad beneficiaria que participe en el proyecto. No podrá superar en ningún caso el 20% del total del gasto subvencionable derivado del resto de conceptos.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Desde el 25/9/2019 hasta el 17/10/2019 a las 23:59:59 h.
Posterior al 1/1/2019 31/12/2019 6/2/2020
Criterios de valoración

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea igual o superior a 50 puntos

Criterios de evaluación:

a)  Calidad del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:
-    el grado de definición y claridad del proyecto propuesto. De 0 a 20 puntos.
-    la metodología y la adecuación del presupuesto. De 0 a 10 puntos.
-    la inclusión de las acciones previstas en el plan estratégico de la entidad solicitante. De 0 a 5 puntos.

b)  Viabilidad técnica y económica del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 20 puntos. Se valorará:
-    la capacidad y experiencia del equipo de trabajo. De 0 a 5 puntos.
-    la capacidad financiera para acometer el proyecto. De 0 a 15 puntos.

c)  Resultados/impacto esperable del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:
-    adecuación de las acciones planteadas para una efectiva dinamización sectorial, territorial, económica, social, o en el ámbito tecnológico de influencia, considerando también la complementariedad o redundancia con iniciativas similares de otros agentes. De 0 a 35 puntos.

d)  Aspectos sociales del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 10 puntos.  Se valorará:
-    la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la igualdad entre hombres y mujeres. De 0 a 3 puntos.
-    la existencia en el ámbito del proyecto de actuaciones o medidas con un efecto positivo en materia medioambiental: De 0 a 4 puntos.
-    la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la participación o integración de personas con diversidad funcional o de colectivos desfavorecidos. De 0 a 3 puntos

comoSolicitar.gif Solicitud y documentación

Lugar de presentación de solicitudes:


La tramitación del procedimiento será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga de firma electrónica, bien con el certificado reconocido de entidad, bien con el certificado reconocido de persona física de quien actúe como representante legal o apoderado/a de la persona jurídica según obre en el Registro correspondiente, ambos emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, DNI electrónico, certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como los certificados reconocidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web <http://www.ivace.es>. Asimismo la entidad solicitante podrá apoderar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que el apoderamiento se encuentre vigente y conste en el Registro de Representantes de la ACCV y así se acredite.

Esta web utiliza cookies con el objetivo principal de mejorar la experiencia y navegación del usuario en el portal. Si continúas navegando consideramos que aceptas su uso.