Ayudas Mapa Emprendimiento Innovadorok

 
 
Dirigido a: Entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana que dispongan de la certificación EU/BIC Quality Mark Criteria y pertenezcan a la Red EBN-European Business and Innovation Centre Network
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Fecha límite:

Desde el 3 de julio de 2018 hasta el 16 de julio de 2018 a las 23:59:59 horas*

Fecha justificación: Hasta el 15 de febrero de 2020 a las 23:59:59 horas
Fecha límite de finalización de los proyectos: 31 de diciembre de 2019
 
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8329 de fecha 2 de julio de 2018, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.
 

Objeto

La convocatoria persigue apoyar apoyar la coordinación del mapa del emprendimiento valenciano hacia un ecosistema innovador, diversificado y eficiente con cargo al presupuesto del ejercicio 2018.

 
beneficiarios.gif Entidades beneficiarias

Entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana que dispongan de la certificación EU/BIC Quality Mark Criteria y pertenezcan a la Red EBN-European Business and Innovation Centre Network.

 
actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables

El IVACE subvencionará los planes de actuación de fomento del emprendimiento innovador llevados a cabo durante el periodo 2018-2019, que incluyan actividades de entre las que se relacionan a continuación:

a) Identificación y caracterización de nuevos agentes del ecosistema valenciano de emprendimiento innovador.

b) Definición y diseño de metodologías para la calificación de los servicios y recursos que los agentes del ecosistema valenciano de emprendimiento ponen a disposición de los emprendedores de la Comunitat Valenciana.

c) Definición de indicadores de evaluación de la actividad de creación y crecimiento de nuevas empresas innovadoras.

d) Definición de servicios específicos para el fortalecimiento de los agentes del ecosistema valenciano de emprendimiento. 

e) Desarrollo de acciones de dinamización territorial /sectorial para la promoción y fomento del emprendimiento innovador.

f) Definición, diseño e implementación de recursos vía web de fomento del emprendimiento innovador y de apoyo a la actividad de creación y consolidación de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana.

g) Elaboración de materiales -nuevos o actualización de existentes- de apoyo a la creación y consolidación de empresas innovadoras, para su difusión abierta vía web.

h) Actividades de benchmarking, tanto nacional como internacional, dirigidas a identificar y analizar la viabilidad de implantar servicios de alto valor añadido de éxito en otros entornos a la realidad del emprendimiento innovador en la Comunitat Valenciana.

i) Análisis del estado actual de los servicios de apoyo a emprendedores y de los servicios para la creación y consolidación de empresas en sectores destacados como emergentes y estratégicos según la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación de la Comunitat Valenciana RIS3CV.

j) Identificación, definición y puesta a punto -pruebas piloto de validación- de nuevos servicios de alto valor añadido para apoyar la actividad de apoyo a la creación y crecimiento de empresas innovadoras en la Comunitat Valenciana que desarrollan los agentes del ecosistema valenciano de emprendimiento.

Todas las actividades objeto de ayuda han de ser de carácter estrictamente no económico y dirigidas a apoyar el desarrollo de la política de la Generalitat Valenciana en materia de emprendimiento e innovación, contribuyendo a garantizar que todos los habitantes de la Comunitat Valenciana, independientemente del segmento de población al que pertenezcan, el sector en el que se circunscriban, la fase del proceso de emprendimiento en la que se encuentren y la ubicación de sus proyectos o ideas de negocio en el territorio de dicha Comunidad, tengan acceso a los servicios, el conocimiento y las herramientas relativas al emprendimiento de forma homogénea, coherente, coordinada y no discriminatoria.

Una misma entidad no podrá presentar más de una solicitud.

Los planes de actuación deberán necesariamente enmarcarse en los ámbitos de desarrollo regional identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación en la Comunitat Valenciana (RIS3-CV).

 

tipoAyuda.gif Características de la ayuda
 
La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes del proyecto considerados como subvencionables.
Queda excluida del objeto de la subvención la actividad económica, entendiéndose como tal, además de la investigación llevada a cabo bajo contrato con cualquier agente, el alquiler de las infraestructuras de investigación y cualesquiera otras actividades de naturaleza económica que impliquen la oferta de bienes o servicios en el mercado.
 
costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

a)    Gastos del personal en plantilla que esté directamente involucrado en las actividades objeto de ayuda. Estos gastos podrán ser imputados en su totalidad cuando se dediquen íntegramente al plan de actuación, o bien parcialmente, en función de la dedicación horaria efectiva a dicho plan respecto al total de horas trabajadas. Se establece un coste/hora de 40 euros como máximo imputable por el personal propio justificado.

b)    Gastos en servicios externos necesarios para el desarrollo del plan de actuación, imputados en exclusiva al mismo y que se vinculen a él inequívocamente. Asimismo, se incluye en este concepto el coste de la realización de informes de auditoría sobre las cuentas justificativas del gasto.

c)    Gastos indirectos consistentes en gastos generales de funcionamiento y de personal propio de gestión y administración necesarios para la ejecución del proyecto. Se establece un coste/hora de 40 euros como máximo imputable para el personal que se considere para el cálculo de los costes indirectos. Los costes indirectos se calcularán aplicando un porcentaje o tipo fijo -que no podrá ser superior al 25% - a los costes directamente imputables al proyecto. El cálculo del porcentaje o tipo fijo a aplicar se documentará adecuadamente sobre la base de un informe técnico motivado que se presentará al IVACE antes de la primera declaración de gastos en que se incluyan costes indirectos.

d)    Otros gastos directamente relacionados con el plan de actuación, imputados en exclusiva al mismo y que se vinculen a él inequívocamente.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos sobre la renta.

 

Plazos

Desde el 3 de julio de 2018 hasta el 16 de julio de 2018 ambos inclusive. Si alguna de las fechas indicadas fuese declarada inhábil, el plazo se iniciará o prorrogará -según caso- al primer día hábil siguiente exceptuando el sábado.

 

Criterios de valoración

Según condiciones de la convocatoria publicada en el DOGV nº 8329 de fecha 2 de julio de 2018
    
comoSolicitar.gif Solicitud y documentación

Según condiciones de la convocatoria publicada en el DOGV nº 8329 de fecha 2 de julio de 2018

Forma de presentación de solicitudes.      

La presentación de las solicitudes se ajustará a lo establecido en el artículo 5 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre, modificado por la Orden 21/2'17, de 24 de noviembre. Se deberá aportar como documentación específica adicional la siguiente:
-    Certificado EU/BIC Quality Mark Criteria
-    Acreditación de pertenencia a la red EBN -European Business and Innovation Centre Network-.

Tanto la solicitud como la memoria y documentación anexa se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la entidad interesada, en los términos previstos en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.

La presentación de la solicitud llevará implícita la aceptación de las bases, incluido lo dispuesto en esta convocatoria.

La acreditación de la personalidad jurídica de la entidad solicitante se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
-    Estatutos vigentes.
-    Poder de representación de quien suscriba la solicitud, o acta de nombramiento o apoderamiento.

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