Dirigido a: Empresas pertenecientes al sector industrial con sede en la Comunitat Valenciana.  feder2.jpg
Presentación solicitudes: Desde el 29 de mayo de 2017 hasta el 30 de junio de 2017
Plazo de justificación: hasta el 31 de mayo de 2018

* A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 17 de mayo de 2017, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) por la que se convocan ayudas en materia de eficiencia energética en la industria y en los edificios del sector terciario (DOGV nº 8049 de 26/05/17)

 

Objetivo

El objetivo de esta medida es favorecer el acceso de las empresas y entidades al conocimiento del consumo energético de su empresa y a las posibilidades de ahorro mediante la realización de auditorías energéticas, y a la implantación de sistemas de mejora continua en el uso de la energía según la norma ISO 50001.

empresasbeneficiarias-p Empresas y entidades beneficiarias


Podrán ser beneficiarias las empresas o entidades de naturaleza privada de la Comunitat Valenciana.

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables

Actuación SGE1-Implantación de sistemas de gestión energética basados en la norma ISO 50001: en este programa se apoyarán las actuaciones integrales realizadas por las empresas que conduzcan a la certificación de las mismas en la norma ISO 50001. Estas actuaciones incluyen una auditoría energética inicial, la inversión en un sistema de gestión energética (monitorización y control de las instalaciones) y el proceso de certificación en la norma ISO.

No serán apoyables las actuaciones en las que no se incluya como parte de la inversión el sistema de monitorización y control de las variables energéticas que han de suponer como mínimo el 40% de la inversión total.

Asimismo, no serán apoyables las actuaciones que no conduzcan finalmente a su certificación en la ISO 50001.

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda


Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima será 30% del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas, entidades públicas o entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de 20.000 € por proyecto .

Estas ayudas cuentan con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un porcentaje del 50%, a través del Programa Operativo de la Comunitat Valenciana 20014-2020 a través del Eje Prioritario 4 (Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores), Prioridad de Inversión 4.b. (Fomento de la eficiencia energética y el uso de energías renovables por parte de las empresas) y Objetivo Específico 4.2.1. (Avanzar en la evaluación y mejora de la eficiencia energética de las empresas, en particular las PYME).

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

Se consideran costes subvencionables los costes de inversión adicionales necesarios para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética. Dichos costes de inversión adicionales se calcularán por diferencia entre la inversión elegible del proyecto, definida según el siguiente párrafo, y la inversión de una instalación convencional equivalente que implicaría una menor eficiencia energética y que se habría podido realizar de forma creíble sin la ayuda.

Se considera inversión elegible del proyecto:

•    Las inversiones asociadas a la contabilización, control y gestión de las instalaciones y los costes del proceso de certificación en la norma ISO 50001.
•    Asimismo, se considera como coste subvencionable los costes de la auditoría energética sólo para el caso en el que el beneficiario sea una PYME, en virtud del artículo 8, apartado 4 de la Directiva 2012/27/UE.

 

Plazos

Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente

Plazo de presentación de solicitud Inicio de los proyectos Periodo subvencionable de gastos Fecha máx. de justificación de los proyectos
Desde el 29/05/2017 hasta 30/06/2017 A partir de la presentación de la solicitud  Desde la solicitud de ayuda hasta el 31/05/2018 31/05/2018

 

Criterios de valoración


A. Impacto energético de la medida (máximo 60 puntos).

A1. Consumo Energético afectado por la medida (máximo 20 puntos). Tendrán mayor puntuación los proyectos de gestión que afecten a un mayor consumo energético.

A2. Tipo de Energía Gestionada. (máximo 20 puntos). Tendrán mayor puntuación aquellos proyectos que gestionen consumos eléctricos y térmicos, frente a aquellos que gestionen únicamente consumos eléctricos y frente aquellos que gestionen únicamente consumos térmicos, según ese orden.

A3. Impacto del coste de la energía respecto a los costes generales de la empresa. (máximo 20 puntos). Tendrán mayor puntuación aquellos proyectos realizados en centros donde el coste de la energía suponga un mayor porcentaje sobre el total de costes generales de la empresa.

B. Tipología y características del proyecto (máximo 37 puntos).

B1. Ratio consumo energético/coste subvencionable (máximo 20 puntos). Tendrán mayor puntuación aquellos proyectos con mayor ratio consumo energético/coste subvencionable.

B2. Tipología de implantación del sistema de gestión. (máximo 17 puntos). Tendrán mayor puntuación aquellos proyectos de gestión energética realizados en la industria frente a los realizados en empresas de servicios, incluidos los edificios, o empresas de transporte, según ese orden.

C. Porcentaje de personas trabajadoras con diversidad funcional por encima del mínimo legal (máximo 3 puntos). Se valorará con 3 puntos a aquellas entidades que empleen un porcentaje de trabajadores con diversidad funcional por encima del mínimo legal exigido en el artículo 42 del Real Decreto 1/2013.

Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación total mínima de 30 puntos.

 

comoSolicitar.gif Solicitud y documentación


SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN (que deberá acompañar a la solicitud):

  • Impreso de solicitud normalizado, generado mediante el programa informático "Ayudas Eficiencia Inversiones 2017" (véase "Documentación anexa", en el marco lateral derecho de esta misma página). Se ruega consultar previamente las instrucciones de descarga del programa.
  • Memoria técnica del proyecto en función del programa al que se soliciten ayudas, firmada por técnico competente, según modelo facilitado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (véase "Documentación anexa", en el marco lateral derecho de esta misma página).
  • Documentación complementaria de carácter administrativo, en función del tipo de solicitante (particular, empresa, etc.). Dicha documentación está indicada en la convocatoria de ayudas; adicionalmente aparecerá relacionada para cada tipo de solicitante, en el momento de imprimir la solicitud cuando se emplee el programa informático.
  • Resto de documentación especificada en el artículo 7 de la convocatoria de ayudas

 

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes y documentación anexa, se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat. La solicitud de ayudas se adecuará al modelo normalizado disponible en la página web <http://www.ivace.es>. Una vez presentada la solicitud ante el Registro Electrónico, este emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud, que podrá ser archivado o impreso por el interesado, en los términos previstos en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.

Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico y, en su caso, el resto de documentación.

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