Dirigido a: Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.  
Fecha  presentación solicitudes: 6 de marzo de 2017 hasta el 30 de junio de 2017.
La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 31 de mayo de 2017.

* A continuación se describen brevemente algunas características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2017, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove Renhata de Calderas Domésticas 2017, destinadas a la sustitución de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energética, y se convoca asimismo la adhesión de comercios y empresas instaladoras (DOGV nº 7990 de 01/03/2017)
 

Objetivo


El objetivo de esta medida es facilitar la renovación de las calderas domésticas de calefacción actuales por otras de condensación con un sistema de control/regulación eficiente, en viviendas de la Comunitat Valenciana, lo que supondrá una reducción del consumo energético y la consiguiente reducción de las emisiones de CO2 en la atmósfera.

beneficiarios.gif Personas beneficiarias


Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
La sustitución de una caldera de calefacción (incluidas las calderas de sólo calefacción y mixtas) de baja eficiencia energética que utilice cualquier combustible no renovable, por una caldera estanca de condensación de sólo calefacción o mixta, que utilice gas natural o GLP, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW, y que alcance una clasificación energética A o superior en calefacción y ACS (según Reglamento Delegado (UE) nº 811/2013 de la Comisión de 18 de Febrero de 2013) con un rendimiento estacional ? 92% (redondeada al número entero más próximo), un nivel de emisiones NOx<70mg/kWh, y tener instalado uno de los siguientes sistemas de control/regulación:

    a) Clase II (control sonda exterior en caldera modulante) y termostato de ambiente ON/OFF  control.
    b) Clase V (termostato modulante para calderas modulantes).
    c) Clase VI (termostato modulante más sonda exterior para calderas modulantes).

La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación particular de calefacción,  estar incluida en el “Listado Renove Calderas” y tiene que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.

Será condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado.
Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de una única caldera y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el “Listado Renove Calderas”.

La nueva instalación deberá cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalación.

Asimismo, no será objeto de subvención:

•    La sustitución de una caldera por otra que no funcione con un sistema de control/regulación tipo II con termostato ambiente ON/OFF, V ó VI. Si la instalación a sustituir ya dispone de este sistema de control/regulación y se va a mantener en la nueva instalación deberá justificarse documentalmente mediante fotografías, facturas de compra, etc en la solicitud de ayudas.
•    La sustitución de una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas por calderas individuales ubicadas en cada una de las viviendas.
•    La sustitución de una caldera individual por una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas.
•    Las calderas sustituidas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.
•    Cuando la caldera sustituida sea de condensación, con excepción de que dicha sustitución conlleve el cambio de combustible de gasoil a gas natural o GLP.
•    Cuando no exista sustitución de equipos.

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

La cuantía de ayuda individual para cada aparato es la siguiente:

EQUIPO  COMBUSTIBLE     Emisiones NOx AYUDA (*) 
Calderas Condensación Gas Natural/GLP < 70 mg/kWh 300 €

La ayuda se compone de 2 partes:

•    La aportación del IVACE será de 250 euros por caldera sustituida, que se ingresarán a la cuenta bancaria del solicitante tras verificar la documentación exigida en la convocatoria.
•    La aportación de la empresa instaladora que consistirá en un descuento de 50 euros en la factura, que se descontarán directamente en la factura (antes de aplicar el IVA).

La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste de la instalación, por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio de la instalación, el precio del equipo y su montaje, IVA incluido.

 
Plazos


Plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 6 de marzo de 2017 y finalizará el 30 de junio de 2017.

 

Procedimiento

 

  • Una vez el solicitante decida llevar a cabo la sustitución de la caldera, se pondrá en contacto con un instalador o empresa instaladora adherida al Plan. La oficina de campaña podrá informarle sobre cuáles son los comercios o empresas instaladoras adheridas a la misma o a través de la página web planrenove.gva.es.
  • La empresa instaladora, en nombre del solicitante, tramitará de manera telemática la solicitud y la documentación complementaria establecida en el artículo 12 de la presente Resolución.
  • La solicitud se entenderá cursada, cuando el impreso de solicitud normalizado esté debidamente cumplimentado, y se acompañen los datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE), declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada) y el presupuesto aceptado por el mismo. En este momento, se le otorgará un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas
  • Para cumplimentar el impreso de solicitud normalizado, el instalador o empresa instaladora procederá a rellenar en la plataforma telemática (acceso privado de la web planrenove.gva.es), todos los datos necesarios para generar dicha solicitud. Una vez cumplimentada correctamente, la solicitud deberá ser firmada por el comprador y el instalador/empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada y adjuntando una copia a la plataforma.
  • Es importante resaltar, que el instalador o empresa instaladora ha de descontar de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 50 euros.
  • Una vez aportada toda la documentación por parte de la empresa instaladora, desde la oficina de campaña se verificará que el solicitante cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria de ayudas y se comprobará toda la documentación presentada, requiriendo, en su caso, a los interesados para que procedan a subsanar dicha documentación en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, con la advertencia de que si transcurrido ese plazo no se aportase la documentación requerida, se le tendrá por desistido de la solicitud.
  • Tanto la oficina de campaña, como el propio IVACE (Unidad de Energía) como órgano competente para la instrucción del procedimiento, podrán requerir al solicitante o a la empresa instaladora cualesquiera otros datos, documentos e informes complementarios que resulten necesarios para la comprobación de la actuación realizada.
  • Con el fin de que los beneficiarios de las ayudas tengan conocimiento del contenido integro de la resolución de concesión de las ayudas, se publicará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y podrá consultarse en http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, en esta misma página del IVACE  y en la página web específica del plan planrenove.gva.es.
  • Una vez concedida la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en la solicitud de ayudas.

La información completa sobre el procedimiento a seguir, tanto por parte de los instaladores como de los beneficiarios, se encuentra en la oficina de campaña, que gestiona el Plan Renove

 

telefono.png

900 90 14 28

Horario de atención telefónica: de 9 a 14 y de 16 a 19 horas

sobreclaro.png Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
comoSolicitar.gif Empresas instaladoras: adhesiones

 

Los instaladores y empresas instaladoras interesadas en participar en la campaña de ayudas RENOVE deberán hacer entrega en la dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado disponible en la página web planrenove.gva.es, así como de la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.

La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras comenzará al día siguiente de la publicación de resolución de convocatoria de las ayudas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, y finalizará el 31 de mayo de 2017.

El listado de los instaladores y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE (planrenove.gva.es) y se encontrará disponible en la oficina de campaña.


>> Preguntas frecuentes

 

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Documentación anexa -- PLAN RENOVE CALDERAS DOMÉSTICAS 2017

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