Dirigido a: Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana. | ||
Fecha presentación solicitudes: | Desde el 12 de enero de 2016 hasta el 17 de junio de 2016 |
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La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 31 de mayo de 2016. |
* A continuación se describen brevemente algunas características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2015, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Calderas Domésticas 2016 y en la Resolución de 5 de mayo de 2016 por la que se amplía el presupuesto de dicha convocatoria, dirigida a la sustitución de las calderas actuales por otras de mayor eficiencia energética.
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Objetivo |
El objetivo de esta medida es facilitar la renovación de las calderas de calefacción actuales por otras de condensación en viviendas de la Comunitat Valenciana, lo que supondrá una reducción del consumo energético y la consiguiente reducción de las emisiones de CO2 en la atmósfera.
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Beneficiarios |
Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda situada en la Comunitat Valenciana.
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Actuaciones apoyables |
a) Clase II (control sonda exterior en caldera modulante) y termostato de ambiente ON/OFF control.
b) Clase V (termostato modulante para calderas modulantes).
c) Clase VI (termostato modulante más sonda exterior para calderas modulantes).
La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación particular de calefacción, estar incluida en el “Listado Renove Calderas” y tiene que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana.
Será condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado.
Sólo será subvencionable la compra, por cada beneficiario de una única caldera y siempre con la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo de los especificados en el “Listado Renove Calderas”.
La nueva instalación deberá cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalación.
Asimismo, no será objeto de subvención:
• La sustitución de una caldera por otra que no funcione con un sistema de control/regulación tipo II con termostato ambiente ON/OFF, V ó VI. Si la instalación a sustituir ya dispone de este sistema de control/regulación y se va a mantener en la nueva instalación deberá justificarse documentalmente mediante fotografías, facturas de compra, etc en la solicitud de ayudas.
• La sustitución de una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas por calderas individuales ubicadas en cada una de las viviendas.
• La sustitución de una caldera individual por una caldera colectiva o centralizada que de servicio a varias viviendas.
• Las calderas sustituidas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.
• Cuando la caldera sustituida sea de condensación, con excepción de que dicha sustitución conlleve el cambio de combustible de gasoil a gas natural o GLP.
• Cuando no exista sustitución de equipos.
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Tipo de ayuda |
La cuantía de ayuda individual para cada aparato es la siguiente:
EQUIPO | COMBUSTIBLE | Emisiones NOx | AYUDA (*) |
Calderas Condensación | Gas Natural/GLP | < 70 mg/kWh | 300 € |
La ayuda se compone de 2 partes:
• La aportación del IVACE será de 250 euros por caldera sustituida, que se ingresarán a la cuenta bancaria del solicitante tras verificar la documentación exigida en la convocatoria.
• La aportación de la empresa instaladora que consistirá en un descuento de 50 euros en la factura, que se descontarán directamente en la factura (antes de aplicar el IVA).
La cuantía de la ayuda para la adquisición del aparato, no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste de la instalación, por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite. Se entiende por precio de la instalación, el precio del equipo y su montaje, IVA incluido.
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Plazos |
Plazo para adquirir las calderas:
La fecha de inicio de la campaña será el 12 de enero de 2016 y finalizará el 17 de junio de 2016, o en el momento de agotamiento del presupuesto asignado a esta convocatoria.
La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 31 de mayo de 2016
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Procedimiento |
- Las empresas instaladoras o instaladores que quieran participar en la campaña del Plan Renove Calderas Domésticas 2016, deberán adherirse a la misma, haciendo entrega en la dirección de correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada, adjuntando los documentos que se indican en ella, según modelo normalizado disponible en esta misma página (véase "Documentación anexa", en el marco lateral derecho) y en la oficina de campaña .
- El beneficiario que decida llevar a cabo la sustitución de la caldera, se pondrá en contacto con un instalador o empresa instaladora adherida a la campaña.
- La información completa sobre el procedimiento a seguir, tanto por parte de los instaladores como de los beneficiarios, se encuentra en la oficina de campaña, que gestiona el Plan Renove
Horario de atención telefónica: de 8 a 19 horas
900 828 464
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Empresas instaladoras: adhesiones |
La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras comenzará al día siguiente de la publicación de resolución de convocatoria de las ayudas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, y finalizará el 31 de mayo de 2016.
El listado de los instaladores y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE y se encontrará disponible en la oficina de campaña.