La OAMI y las oficinas nacionales de la UE han revisado la totalidad de los enunciados de los títulos de las 45 clases de la Clasificación de Niza, a raíz de la sentencia de 19 de junio de 2012 del Tribunal de Justicia, que recordaba la necesidad de que el ámbito aplicativo protegido por una solicitud de marca esté definido con la suficiente claridad y precisión.
Tras la revisión se ha redactado un comunicado conjunto en el que se concluye que 11 de esos enunciados, o ciertas partes de ellos, carecen de la suficiente precisión y claridad y, por ello, a partir del 20 de febrero de 2014, no se aceptará la utilización de cualquiera de esos 11 enunciados.
El solicitante deberá indicar específicamente los productos o servicios concretos de esa naturaleza que solicite. De no hacerlo así el expediente será suspendido. A continuación se detallan los enunciados que se modifican:
Cl. 6: Productos metálicos no comprendidos en otras clases
Cl. 7: Máquinas y máquinas herramientas
Cl. 14: Metales preciosos y sus aleaciones así como productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases
Cl. 16: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases
Cl. 17: Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y productos de estas materias no comprendidos en otras clases
Cl. 18: Cuero y cuero de imitación, y productos de estas materias no comprendidos en otras clases
Cl. 20: Productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar y sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas (no comprendidos en otras clases)
Cl. 37: Servicios de reparación
Cl. 37: Servicios de instalación
Cl. 40: Tratamiento de materiales
Cl. 45: Servicios personales y sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales