El titular de una patente o modelo de utilidad está obligado a explotar la invención, bien por si o por persona autorizada por él, mediante su ejecución en España o en el territorio de un miembro de la Organización Mundial del Comercio.

La explotación deberá realizarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de presentación de la solicitud de patente, o de tres años desde la fecha en que se publique la concesión.

Se podrá justificar la explotación mediante un certificado oficial debiendo, una vez emitido ser inscrito en la OEPM.

Este certificado de explotación se solicitará en el territorio donde la invención se lleve a cabo. En la Comunidad Valenciana deben contactar con: 


  Alicante: Servicio Territorial de Industria 
  C/ Churruca, 29 - Alicante. 
  Unidad de Tramitación. Tel. 965 934 823

  Castellón
Servicio Territorial de Industria
  C/ Caballeros, 8 - 12001 Castellón.
  Tel. 964 357 920 / 935 / 901

  Valencia
Servicio Territorial de Industria.
  C/ Gregorio Gea. 27 - Valencia.
  Tel. 963 426 177 / 176  

 

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