El 5 de junio de 2018 se aprobó la Ley 14/2018 de gestión, modernización y promoción de las áreas industriales de la Comunitat Valenciana. Uno de sus aspectos más importantes es el que hace referencia a la clasificación y mapa de las áreas industriales.

El Decreto del Consell 258/2019 de 13 de diciembre establece que el procedimiento para la clasificación de todas las áreas industriales de la Comunitat se iniciará anualmente por resolución de la persona titular de la Conselleria competente en materia de industria, en la que se indicará expresamente el órgano o entidad competente al que se encomienda la instrucción y elaboración de una propuesta de clasificación.

Igualmente, el citado decreto establece la asistencia y deber de colaboración por parte de otros órganos directivos y entidades, entre los que se encuentran los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, que deberán, en todo caso, remitir al órgano instructor toda la información a su disposición que les sea requerida.

Mediante resolución del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de fecha 11 de febrero de 2020 se inició el procedimiento para la clasificación de todas las áreas industriales situadas dentro del ámbito territorial de la Comunitat encomendando la instrucción y elaboración de una propuesta de clasificación al IVACE.

A través de la categorización de las Áreas Industriales en Áreas Básicas, Áreas Consolidadas y Áreas Avanzadas, en función de los servicios ofrecidos a las empresas, se pretende establecer distintos niveles de impulso a la inversión pública y privada, así como promover las actuaciones de gestión y modernización en cada espacio, y en último término otorgar las marcas de calidad Municipio Industrial Estratégico o Municipio Logístico Estratégico.

Por su parte, el Mapa de Áreas Industriales pretende ser un censo de todo el suelo industrial con información sistematizada, concreta y de calidad. De esta forma, se convertirá en el punto de partida para ordenar, promover y racionalizar las futuras implantaciones de actividades industriales en la Comunitat.

Para poder realizar una correcta clasificación de las áreas Industriales, desde el IVACE se necesita recabar toda la información relativa al suelo industrial de la Comunitat y entendemos que es a través de los Ayuntamientos el mejor canal para obtener estos datos. Para ello desde el IVACE se ha remitido una carta a los Ayuntamientos de la Comunitat.

En ella, les solicitamos que nos hagan llegar la situación actual del suelo clasificado como INDUSTRIAL dentro del PGOU de su municipio. En concreto, necesitamos:

A) Conocer, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de dicha carta, si los solares incluidos en las áreas clasificadas como industrial en su municipio cumplen con lo exigido en el artículo 177 de la LOTUP, que establece:

  1. Acceso rodado hasta ellos por vía pavimentada, debiendo estar abiertas al uso público, en condiciones adecuadas, todas las vías a las que den frente.
  2. Suministro de agua potable y energía eléctrica, con los caudales y la potencia suficientes para la edificación prevista.
  3. Evacuación de aguas residuales a la red de alcantarillado conectada con estación depuradora de aguas residuales.
  4. Acceso peatonal, encintado de aceras y alumbrado público en, al menos, una de las vías que den frente las parcelas.

Esta información se recoge en la Ficha 1. Clasificación (plazo 10 días)

 

B) Además, la información necesaria básica sobre todas las áreas industriales conforme lo exigido en el artículo 36.2 de la Ley 14/2018, (Ficha 2. Mapa) que establece la siguiente información para cada área:

  1. Situación exacta, a través de coordenadas ETRS89 UTM zona 30N. (Salvo que el área en cuestión ya se encuentre recogida en el Mapa de Suelo Industrial del IVACE)
  2. Denominación, si tiene. (Salvo que el área en cuestión ya se encuentre recogida en el Mapa de Suelo Industrial del IVACE)
  3. Descripción de todos los servicios disponibles, detallando los que determinan su inclusión en algunas de las categorías de la Ley 14/2018. (Salvo que el área en cuestión ya se encuentre recogida en el Mapa de Suelo Industrial del IVACE)
  4. Vías de acceso y su conexión con las principales redes logísticas, incluyendo los nodos de conexión de las áreas industriales con la red transeuropea de transporte y el Corredor Mediterráneo.
  5. La existencia, o no, de entidad propia de gestión y modernización del área industrial. (Salvo que el área en cuestión ya se encuentre recogida en el Mapa de Suelo Industrial del IVACE)
  6. Su promoción pública o privada y, en su caso, la existencia de suelo disponible. (Salvo que el área en cuestión ya se encuentre recogida en el Mapa de Suelo Industrial del IVACE)
  7. El sector o actividad al que pertenecen las empresas instaladas.
  8. Plano individualizado del área en cuestión.

Ambas fichas están disponibles para su cumplimentación y tramitación telemática AQUÍ.

 

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