Dirigido a: PYME que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, o PYME que acrediten el carácter de nueva empresa innovadora

Presentación solicitudes: Desde el 01/02/2023 hasta el 14/03/2023 a las 23:59:59 horas*

Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2024

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 3/10/2024

Pidi csUEdeclaración CS

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 9523 de fecha 31/01/2023. y posterior corrección de errores (DOGV nº 9553 de 14/03/2023)

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 >> Consulte aquí la aplicación del artículo 13.3 bis de la Ley General de Subvenciones

tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Objetivos
 
Realización de proyectos de I+D por parte de las pymes.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 60% de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
beneficiarios.gif Empresas beneficiarias


PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda

Requisitos de los proyectos

 

  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 30.000 euros y menor de 175.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. 

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables


1. Servicios externos

  • Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias

Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio

Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

4. Materiales

Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento

  • Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.
  • También, cuando el proyecto suponga el desarrollo de prototipos o plantas piloto experimentales de demostración, el coste de amortización del instrumental y el equipamiento que se integre en el desarrollo previsto.

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de la solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Desde el 01/02/2023 hasta el 14/03/2023 a las 23:59:59 h. Posterior a la solicitud 30/06/2024 3/10/2024



Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del siguiente baremo,
Serán criterios de evaluación:

1. Calidad del proyecto. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 17 puntos

  • Grado de avance: 0-10 puntos. Se valorará el avance en el conocimiento científico o aplicación del mismo que supone el proyecto respecto al estado del arte actual. Si el proyecto no muestra salto tecnológico, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
  • Novedad del proyecto: 0-10 puntos. Se valorarán los antecedentes o evidencias sobre el grado de novedad a nivel internacional o nacional / Comunidad Valenciana. Si el proyecto no muestra novedad objetiva, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
  • Metodología y plan de trabajo: 0-5. Se valorará la calidad del plan de trabajo y de la metodología prevista para su desarrollo.
  • Presupuesto del proyecto: 0-5. Se valorará la adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos y a los medios requeridos para su correcta ejecución.

2. Viabilidad técnica. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 15 puntos

  • Capacidad y experiencia del equipo de trabajo de la empresa que participa en el proyecto: 0-15. Se valorará que las personas que participan en el proyecto dispongan de titulación adecuada con experiencia consolidada en I+D.
  • Adecuación de recursos implicados en la ejecución del proyecto y participación de Organismos de Investigación:0-15. Se valorará que el conjunto de recursos internos y externos dedicados al proyecto sean adecuados para llevarlo a cabo. Cuando no exista en la propia empresa capacidad suficiente para acometer las tareas de I+D se valorará la contratación con Centros de Investigación o servicios externos cualificados.

3. Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 30 puntos - Umbral mínimo: 10 puntos

  • Impacto económico, social y medioambiental de los resultados del proyecto: 0-15. Se valorarán resultados en la triple dimensión  de la responsabilidad social empresarial: previsiones de internacionalización, incremento de las ventas, mejora de la competitividad y creación de empleo; orientación hacia la salud y mejora de la calidad de vida, colectivos desfavorecidos; alineación con las prioridades temáticas Climate KIC.
  • Proyectos que se encuadren en las prioridades de especialización de la S3 CV. Se valorará la justificación del impacto previsto sobre las prioridades a las que pueda aplicar el proyecto. 0 – 5 puntos.
  • Proyectos cuyos resultados sean prototipos cercanos al mercado comprendidos entre los  niveles TRL  5 y  TRL 7.  0-5.
  • Proyectos cuyo desarrollo se efectúe a partir de patentes existentes en la empresa o tengan como resultado una nueva patente.  0-5.

4. Características del solicitante. Máximo 10 puntos

  • La empresa solicitante cuenta con un plan de Igualdad de Oportunidades registrado, no estando obligada a ello por la normativa aplicable. 0-2
  • La actividad principal de la empresa desarrolla alguna de las líneas de actuación establecidas en el Pacto Verde Europeo que busca la transformación de la economía de la UE con miras a un futuro sostenible. Se valoran las líneas de trabajo en eficiencia energética de los edificios; movilidad sostenible; industria sostenible; tecnologías de alimentos; energía limpia, asequible y segura; eliminación de contaminación; protección y recuperación de la biodiversidad; y acción por el clima. 0-3
  • Porcentaje de personas con diversidad funcional, sobre el total de la plantilla, por encima del mínimo legal  exigible. 0-2
  • Tiene la consideración de nueva empresa innovadora con antigüedad inferior a 5 años: 0–3

 

comoSolicitar.gif Presentación de la solicitud

 

 
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa–o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web <http://www.ivace.es>.

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