Dirigido a: Entidades sin ánimo de lucro y entidades jurídicas que gestionen clústeres con sede social en la Comunitat Valenciana

Presentación solicitudes:  Hasta el 20/12/2022 a las 23:59:59 horas* 

 
Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá iniciarse a partir del 01/01/2023 y podrá finalizarse hasta el 31/12/2023
Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 06/02/2024

* según condiciones de la convocatoria del programa y de su extracto publicados en el DOGV nº 9467 de fecha 10/11/2022 y el DOGV nº 9468 de fecha 11/11/2022, respectivamente, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

 

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Objetivos
Promover y facilitar el desarrollo de las medidas empresariales en materia de I+D+i previstas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación de la Comunidad Valencia (RIS3-CV), con la consiguiente dinamización del tejido empresarial de la Comunitat Valenciana.
 
beneficiarios.gif Entidades beneficiarias

a) Entidades sin ánimo de lucro -públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede social en la Comunitat Valenciana, que de forma habitual presten servicios a las pymes en materia de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas y así se recoja en sus estatutos.

b) Entidades jurídicas con sede social en la Comunitat Valenciana que gestionen clústeres empresariales, que ostenten la condición de agrupación empresarial innovadora según la definición del apartado 92 del artículo 2 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión de 17 de junio de 2014.

 

Requisitos de los proyectos

•    Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 31/12/2022

•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.

•    El contenido de los proyectos presentados deberá ser coherente con la actividad, fines y estrategia de la entidad solicitante.

•    Una misma entidad solicitante no podrá presentar más de un proyecto para cada una de las actuaciones

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios. Organización de jornadas, seminarios, foros o encuentros de demostración de tecnologías, dirigidas a personal directivo y técnico de las empresas con objeto de facilitar su evolución hacia la industria 4.0 o la economía circular. Las acciones deberán tener contenido técnico, excluyendo la difusión y promoción de carácter general, y abordar alguna de las siguientes temáticas:

1. Capacitación para facilitar la toma de decisiones sobre la estrategia a seguir en el futuro y las tecnologías más adecuadas.

2. Presentación de las novedades y tendencias nacionales y europeas respecto a la Industria 4.0 o la economía circular, beneficios y oportunidades asociadas a las mismas para las empresas valencianas, y casos de éxito regionales, nacionales y europeos.

3. Desarrollo de nuevos modelos de negocio basados en la transformación digital, industria 4.0, economía circular, colaborativa, transición hacia una economía baja en carbono, sostenibilidad, movilidad, accesibilidad y mejora de la calidad de vida, inclusión, salud y alimentación.

Actuación 2. Preparación, desarrollo y puesta en marcha de proyectos que contribuyan a la mejora de la competitividad de las empresas, que tengan un carácter tractor e impulsor de actividades innovadoras y contemplen, entre otras actuaciones, la promoción de la cooperación empresarial, el desarrollo de nuevas actividades empresariales, así como la demostración y aprovechamiento de las capacidades de empresas, startups y agentes de la oferta científico tecnológica como factores clave para la mejora competitiva de las mismas. El proyecto se desarrollará por personal técnico de la entidad beneficiaria, en plantilla en el momento de la solicitud o de nueva contratación, quien actuará a modo de agente de proximidad territorial. El plan de acciones podrá incluir, entre otras:

• Jornadas o talleres de demostración de buenas prácticas empresariales, promoción de la cooperación empresarial, promoción de servicios ofertados por organismos de investigación o de gestión de la innovación, entre otros.

• Asesoramiento a empresas para impulsar nuevas actividades innovadoras, en materias como información, orientación sobre fuentes de financiación de proyectos, intermediación con expertos externos o apoyo en la preparación y presentación de propuestas, entre otras.

• Gestión y mantenimiento de contenidos, alertas y comunicaciones de interés al colectivo de empresas objetivo, boletines, guías temáticas, publicaciones en medios electrónicos o impresos, entre otros.

• Otras acciones de dinamización, no contempladas anteriormente, que contribuyan a cumplir con los fines previstos en esta actuación.

 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido de hasta un 80% de los gastos subvencionables.

La ayuda está sujeta al régimen de minimis lo que supone que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por única empresa la definición establecida en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la Comisión.

 
costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

 

Actuación 1. Organización de jornadas y seminarios

1) Colaboraciones externas:

a. Contratación de personal experto.
b. Gastos de alojamiento y desplazamiento de las personas que realicen las ponencias.
c. Gastos necesarios para el desarrollo de las acciones: alquiler de salas, materiales y difusión.

 2) Personal propio: gastos del personal propio dedicado de forma directa a la organización y coordinación de la actividad subvencionada. El gasto subvencionable no podrá superar el 15% del gasto subvencionable en el concepto de colaboraciones externas, quedando limitado el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

 3) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros, IVA excluido, por solicitud.

 

Actuación 2. Preparación y desarrollo de proyectos impulsores de actividades innovadoras

1) Personal propio: Gastos del personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.

2) Colaboraciones externas: Gastos de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, necesarios para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 15% del gasto subvencionable de personal propio.

c) Adquisición de activos inmateriales: software que sea necesario para el desarrollo del proyecto incluyendo costes por uso de soluciones y aplicaciones (XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.

4) Adquisición de activos materiales: equipamiento informático necesario para el desarrollo del proyecto. El gasto subvencionable en este concepto no podrá superar el 5% del gasto subvencionable de personal propio.  

5) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros, IVA excluido, por solicitud.

Plazos

 

Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Hasta el 20/12/2022 a las 23:59:59 h.
A partir del 01/01/2023 31/12/2023 06/02/2024

Criterios de valoración

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea igual o superior a 50 puntos.

Serán criterios de evaluación, de aplicación a cada una de las actuaciones previstas en anexo: 

    a) Calidad del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:

  • el grado de definición y claridad del proyecto propuesto. De 0 a 20 puntos.
  • la metodología y la adecuación del presupuesto. De 0 a 10 puntos.
  • la inclusión de las acciones previstas en el plan estratégico de la entidad solicitante. De 0 a 5 puntos.

    b) Viabilidad técnica y económica del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 20 puntos. Se valorará:

  • la capacidad y experiencia del equipo de trabajo. De 0 a 10 puntos.
  • la capacidad financiera para acometer el proyecto. De 0 a 10 puntos.

    c) Resultados/impacto esperable del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 35 puntos. Se valorará:

  • adecuación de las acciones planteadas para una efectiva dinamización sectorial, territorial, económica, social, o en el ámbito tecnológico de influencia, considerando también la complementariedad o redundancia con iniciativas similares de otros agentes. De 0 a 35 puntos.

    d) Aspectos sociales del proyecto. Puntuación máxima del grupo: 10 puntos. Se valorará:

  • la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la igualdad entre hombres y mujeres. De 0 a 3 puntos.
  • la existencia en el ámbito del proyecto de actuaciones o medidas con un efecto positivo en materia medioambiental: De 0 a 4 puntos
  • la existencia en el ámbito del proyecto de medidas que promuevan o faciliten de manera efectiva la participación o integración de personas con diversidad funcional o de colectivos desfavorecidos. De 0 a 3 puntos.

 

comoSolicitar.gif Solicitud y documentación

 

Lugar de presentación de solicitudes:

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Asimismo, la entidad solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/).

Documentación

1. Impreso de solicitud, Memoria Técnica del proyecto, Cronograma del proyecto y Fichero PDF de datos de la empresa, generado en la aplicación Solicit@.

2. Documentación relativa al cumplimiento de obligaciones medioambientales. La entidad solicitante deberá presentar una declaración responsable firmada electrónicamente de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de dichas obligaciones en las instalaciones en las que se vaya a ejecutar el proyecto, y en su sede social en el caso de que esta no coincida con el domicilio de ejecución del proyecto. Con posterioridad, cuando así se le requiera por parte del IVACE, deberá acreditar fehacientemente su cumplimiento –referido al momento de la concesión de la ayuda.

3. Relativa al cumplimiento de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. Sólo será necesario presentar la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en caso de que no haya autorizado al IVACE para su obtención por medios telemáticos.

4. Resto de documentación descrita en el artículo 6 de la resolución de convocatoria.

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