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AVISO: De conformidad con lo previsto en el artículo segundo del Decreto Ley 11/2023, de 29 de septiembre, del Consell, el IVACE ha comunicado a la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana (EPSAR) la referencia de las personas beneficiarias del Bono Social Térmico del ejercicio 2023 a los efectos de que dicha entidad pueda aplicar la bonificación en la cuota del pago aplazado del canon de saneamiento prevista en dicha disposición. La comunicación de los datos viene amparada por el DECRETO LEY 13/ 2023, de 5 de diciembre, del Consell, por el que se regula la comunicación de información a la Generalitat por las empresas comercializadoras de referencia para la gestión del bono social térmico y otras medidas relacionadas de carácter social. |
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¿Qué es el Bono Social Térmico?
El Bono Social Térmico es un programa de concesión directa de ayudas destinadas a compensar los gastos ocasionados por el uso de la calefacción, el agua caliente sanitaria o cocina, con el fin de paliar la pobreza energética de los/las consumidores/as más vulnerables.
Esta ayuda es otorgada con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; y es compatible con la percepción del Bono Social de Electricidad u otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, de las que pudieran beneficiarse los/las destinatarios/as del Bono Social Térmico
¿Quiénes son personas beneficiarias del Bono Social Térmico 2023?
Son beneficiarios/as del Bono Social Térmico 2023, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, las personas que eran beneficiarios/as del Bono Social de Electricidad a 31 de diciembre de 2022.
>> AQUÍ puede comprobar si es beneficiario/a del BST 2023
¿En qué consiste la ayuda del Bono Social Térmico 2023?
La ayuda por beneficiario/a se abonará en un pago único anual en su cuenta bancaria - en la que tenga domiciliada la factura eléctrica - y la cuantía de la misma depende de su grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado/a.
La ayuda correspondiente a una persona consumidora vulnerable severa o en riesgo de exclusión social es un 60% superior a la asignada en su zona climática a una persona consumidora vulnerable.
¿Cómo se puede conocer la zona climática en la que se localiza su vivienda habitual?
La zona climática a la que pertenece la vivienda de cada persona beneficiaria del Bono Social Térmico 2023 es función de la altitud sobre el nivel del mar de la localidad en la que se ubique y su capital de provincia, conforme a los valores establecidos en el documento básico «Ahorro de Energía» del Código Técnico de la Edificación.
Si lo desea, puede conocer la zona climática de su vivienda habitual mediante el enlace siguiente:
https://zonasclimaticas.idae.es/zonasclimaticas_list.php?page=list
¿Cómo se informará a las personas consumidoras de que son beneficiarios/as del Bono Social Térmico 2023?
Las personas beneficiarias del Bono Social Térmico 2023 recibirán una carta en su domicilio, en la que se les informará de la ayuda que les corresponde que, salvo renuncia expresa, será abonada directamente en la cuenta bancaria donde tengan domiciliada la factura eléctrica.
¿Cómo renunciar a la ayuda del Bono Social Térmico 2023?
Las personas beneficiarias disponen hasta el 15 de mayo de 2024 inclusive, para que puedan ejercitar la opción de renuncia.
Podrán renunciar mediante escrito de renuncia que figura en la parte inferior de la carta, dirigido al INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE), Ciudad Administrativa 9 d’Octubre Torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València.
También podrán renunciar a la ayuda a través del correo electrónico, al que se accede haciendo clic aquí, indicando el código de referencia que consta en la notificación que hayan recibido, o adjuntando la fotocopia del DNI.
¿Cómo comunicar la cuenta bancaria si no tengo domiciliada la factura eléctrica?
Si usted no tiene domiciliado el pago de la factura eléctrica, en la notificación que reciba se le solicitará una cuenta bancaria para realizar el ingreso de la ayuda.
Y deberá facilitar la cuenta bancaria aportando un certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la que sea titular, dirigido al INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE), Ciudad Administrativa 9 d’Octubre Torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València.
También podrá comunicar la cuenta bancaria a través del correo electrónico, al que se accede haciendo clic aquí, aportando un certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la que sea titular.
Las personas beneficiarias disponen hasta el 15 de mayo de 2024 inclusive, para que puedan comunicar la cuenta bancaria.
También podrá comunicar la cuenta bancaria a través del correo electrónico, al que se accede haciendo clic aquí, aportando un certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la que sea titular.
Las personas beneficiarias disponen hasta el 15 de mayo de 2024, inclusive, para que puedan modificar la cuenta bancaria.
¿Qué ocurre si ha fallecido la persona beneficiaria de la ayuda del Bono Social Térmico 2023?
Si la persona beneficiaria de la ayuda del Bono Social Térmico 2023 ha fallecido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022 sus herederos/as no tendrán derecho al cobro de la ayuda.
Si la persona beneficiaria de la ayuda del Bono Social Térmico 2023 ha fallecido con posterioridad al 31 de diciembre de 2022 sus herederos/as podrán solicitar el cobro de dicha ayuda.
Para ello deberán remitir la siguiente documentación:
- Certificado de defunción de la pesona beneficiaria de la ayuda, en el que conste la fecha de fallecimiento.
- Declaración Responsable cumplimentada y firmada, cuyo modelo se puede obtener y descargar haciendo clic aquí.
- Copia del DNI de la persona representante de la comunidad hereditaria.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se comunica, a los efectos de recibir la ayuda del Bono Social Térmico 2023.
Dicha documentación se deberá enviar al INSTITUTO VALENCIANO DE COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL (IVACE), Ciudad Administrativa 9 d’Octubre Torre 2, C/ de la Democràcia, 77, 46018 València; por alguno de los siguientes medios:
- Correo ordinario o certificado
- Correo electrónico, a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Oficina de Registro Virtual (ORVE)
¿Cuál es la cuantía otorgada en las ayudas del Bono Social Térmico 2023?
La cuantía de la ayuda a percibir por cada beneficiario/a de la Comunitat Valenciana, en función de la zona climática en la que reside y de su consideración de vulnerabilidad, es la siguiente:
Cuantías otorgadas en las ayudas del Bono Social Térmico 2023
Zona Climática |
Beneficiario/a Vulnerable. Ayuda (€) |
Beneficiario/a Vulnerable Severo/a o con riesgo de exclusión social. Ayuda (€) |
B | 81,48 | 130,37 |
C | 135,65 | 217,04 |
D | 214,57 | 343,31 |
E | 258,68 | 413,88 |
Legislación
El Bono Social Térmico se creó en el Artículo 5 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores (BOE núm. 242, de 06/10/2018), cuya versión consolidada, a fecha 27/10/2021, se puede visualizar en este enlace.
Contacto
Para realizar cualquier consulta sobre el Bono Social Térmico 2023, puede enviar un mensaje al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
ADVERTENCIA En ningún caso desde IVACE, durante la gestión para el pago del Bono Social Térmico 2023, se solicitará por teléfono a los beneficiarios del mismo, que aporten datos de la cuenta bancaria en la que vayan a recibir la ayuda. Por consiguiente, no faciliten por teléfono ningún dato sobre su cuenta bancaria. |
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